Micelio
Auto25 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Tema · dato duro
Control De Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador
  • Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 10º Laboral del Circuito de Bogotá y la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta en contra de la Fiduprevisora, el Congreso de la República y el Ministerio de Salud.

La Corte constató el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y estableció que el trámite del precitado proceso le corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Lo anterior, porque es dicha jurisdicción quien tiene la competencia e para conocer de demandas contra actos del liquidador de una entidad del orden nacional de la Rama Ejecutiva, relativos a la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos, así como contra sus actos que, por su naturaleza, constituyan ejercicio de funciones administrativas, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 254 de 2000, 14 modificado por la Ley 1105 de 2006.

Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente a la Sección Primera – Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que proceda de conformidad y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 10o Laboral del Circuito de Bogota y la Seccion Primera - Subseccion A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y DECLARAR que la Seccion Primera - Subseccion A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Transportamos A.L. S.A - E.S.P contra Fiduprevisora, el Congreso de la Republica y el Ministerio de Salud y Proteccion Social.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-276 a la Seccion Primera - Subseccion A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados y al Juzgado 10o Laboral del Circuito de Bogota.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.